La urbanización de lujo de Ciudalcampo dejará de contaminar el Jarama tras décadas de impunidad

Desde los años 60 esta urbanización ha vertido sus aguas fecales sin depurar al río Jarama, en un tramo de la Red Natura 2000

La urbanización de Ciudalcampo es un complejo residencial, de 1.200 viviendas de lujo, situada junto a la autovía de Burgos y el circuito del Jarama. Construida en los años 60, por entonces instaló una «depuradora placebo» como otras en el entorno de La Moraleja y otras urbanizaciones similares, destinadas a conseguir la autorización de vertido que la legislación exige, pero sin capacidad real para depurar correctamente las aguas fecales. Más que una depuradora es una especie de batidora que remueve continuamente los fangos. El resultado ha sido la contaminación del tramo bajo del río Guadalix y del río Jarama, pero también un permanente problema sanitario para los residentes de la urbanización de Santo Domingo, que durante décadas han convivido con un foco de malos olores o insectos. Y un problema ambiental que afectaba directamente al río Guadalix en un escenario protegido de la Red Natura 2000 (Lugar de Importancia Comunitaria “Cuenca del río Guadalix”).

Esta situación era conocida y tolerada por todas las instituciones, hasta que entre 2019 y 2020 se presentaron varias denuncias ante esas administraciones, por parte de los vecinos de Santo Domingo y por la Asociación Ecologista del Jarama «El Soto», integrante de la Plataforma Ecologista Madrileña. Las denuncias y la reacción de estas administraciones fue la siguiente:

A partir de esas denuncias y la repercusión en los medios de comunicación se abrieron diligencias por la fiscalía, la CHT revocó en noviembre de 2020 la autorización de vertido, SEPRONA elaboró un informe importante, etc. Ahora, seis años después de aquellas denuncias, el Canal de Isabel informa que han comenzado las obras para la construcción de un colector de 4 Kms. que llevará esas aguas residuales a la EDAR de Arroyo Quiñones, en San Sebastián de los Reyes, con un importe de 5,56 millones que se aportarán íntegramente por el Canal de Isabel II, dentro del Plan Estratégico 2025-2030.


Así desaparecen las obligaciones económicas de los residentes en la urbanización de Ciudalcampo

Pero la financiación de esta obra era compartida con los residentes de Ciudalcampo. No era originalmente un proyecto sufragado íntegramente con dinero público como ahora nos quieren hacer creer. El CYII ya tenía prevista la construcción del colector en el Plan Director de Saneamiento y Depuración de 1998 (hace 27 años!!). Ese Plan Director había sido firmado por el Ayuntamiento de Sanse, el Canal de Isabel II y la Consejería de Medio Ambiente. En noviembre de 2020 el CYII hizo público un «Estudio técnico-económico para el saneamiento de la urbanización de Ciudalcampo«. Este documento ponía al día lo que se recogía en el Plan Director de Saneamiento. Entre otras cosas preveía lo siguiente: Se elaborará un proyecto por el CYII que debe ser aceptado por el Ayuntamiento de Sanse (y conocido por los de Colmenar y Algete). Una vez firmado el convenio, CYII, Ayuntamiento Sanse y Ciudalcampo desembolsarán el coste de la infraestructura y se iniciarán las obras. «Por tanto, conforme a la valoración contemplada en el Plan Director de Saneamiento y Depuración de San Sebastián de los Reyes y Alcobendas de 1998, a la Urbanización Ciudalcampo le correspondía abonar inicialmente la cantidad de 186,17 millones de pesetas», 1,11 millones de euros, que se actualizaría conforme el proyecto definitivo (ver en pag 20 del Estudio técnico-económico).

Esta repercusión de una parte de los costes sobre los residentes de la urbanización de Ciudalcampo procedía de la simple aplicación del Reglamento de Gestión Urbanística de San Sebastián de los Reyes, que a su vez se rige por la legislación urbanística general de la Comunidad de Madrid y el Texto Refundido de la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana. Así se reconocía en el Plan Director:

Así mismo, en concordancia con lo indicado en el Capítulo 13º del Plan Director, se termina indicando en el Expositivo Sexto: “Que los costes de las infraestructuras y terrenos previstas en el Plan Director deberán repercutirse proporcionalmente a los Promotores de los nuevos desarrollos urbanísticos, con arreglo a lo previsto en el Capítulo III del Reglamento de Gestión Urbanística.” de Saneamiento y Depuración».

Por lo que respecta al Reglamento de Gestión Urbanística, citado tanto en el Plan Director como en el Convenio, el Capítulo III -dedicado a los costes de urbanización- indica en su artículo 58 que:

“Los propietarios de terrenos afectados por una actuación urbanística estarán obligados a sufragar los costes de la urbanización que se señalan en los artículos siguientes, en proporción a la superficie de sus respectivos terrenos o, en su caso, a la que figura en los documentos a que se refiere el artículo 53 de este Reglamento.”

Es decir, que conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Gestión Urbanística, a los propietarios de terrenos afectados por una actuación urbanística les corresponde sufragar los costes de urbanización -en este caso, los de saneamiento-.

Desde los colectivos que formamos parte de la Plataforma Ecologista Madrileña (GRAMA, ARBA, Asociación Ecologista del Jarama, Liberum Natura y Jarama Vivo) denunciamos esta opacidad, retrasos e inhibiciones de las diferentes administraciones para ejecutar las obras y poner fin a un foco inaceptable de contaminación por vertidos de aguas fecales que se venía produciendo desde hace más de cincuenta años. Y denunciamos especialmente el empleo de dinero público para cubrir las obligaciones económicas de un núcleo de residentes VIP de nuestra Comunidad. El CYII y el Ayuntamiento de San Sebastián de los Reyes deben una explicación de los contribuyentes madrileños.

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